Los Servicios Profesionales y la Seguridad Social.
En la sociedad nicaragüense aún existen dudas respecto a los sujetos protegidos por el régimenobligatorio integral de la seguridad social. Una de las mayores dudas que le aqueja al área de recursoshumanos en una empresa es ¿si contrato un servicio profesional debo de inscribirlo dentro de los primeros tres días, tal como lo establece la legislación? Es importante tener respuesta a esta interrogante, dado que una incorrecta incorporación al régimen del Seguro Social a personas que prestan servicios profesionales regidas por el derecho civil y no laboral, causa erogaciones ilegales y afecta directamente el patrimonio personal.
Para lograr identificar la diferencia entreservicio profesional y un vínculo laboraldebemos tomar en cuenta ciertos elementos,como quien regula esta figura jurídica, en el primer caso es regulado por el código civil dado que los suscriptores son cualquier persona natural o jurídica y el profesional o técnico; en cambio, en el segundo caso es regulado por el código de trabajo, dado que los contratantes son empleador y trabajador.
Otras características relevantes son las circunstancias en la que se desarrolla el servicio o trabajo, si se da mediante una coordinación o una subordinación, en el primer caso existe autonomía de las partes dado que los contratantes se encuentra en igualdad de condiciones, no requiere de dirección ni de supervisión, no está sujeto a un horario o jornada laboral; en el segundo caso predomina la subordinación a los distintos niveles jerárquicos del empleador, recibiendo órdenes e instrucciones, realizando las funciones asignadas propias al cargo que se desempeña, la autonomía de la voluntades prácticamente nula y está sujeto a una supervisión constante, teniendo una jornada y horario establecido registrando por lo general sus entradas y salidas diarias.
En la práctica el tema de conceptualizar la erogación por el servicio prestado suele ser controversial, muchas veces consultan ¿qué diferencia podría existir en decir honorarios o salario? De acuerdo a Guillermo Cabanellas de Torres, la definición de Honorarios proporcionada por el Diccionario Jurídico Elemental es: Remuneración, estipendio o sueldo que se concede por ciertos trabajos.
El honorario generalmente va apegado para la formalización civil de un pago, nunca para las relaciones laborales. Sin embargo, en el estricto correcto de derecho, remuneración es un todo, es el pago que se da por la contraprestación de un servicio; si a la palabra remuneración se le agrega el termino salarial, se refiere estricta y únicamente a el pago que se hace dentro de la relación laboral por la prestación del servicio del trabajador. Cabe destacar que las erogaciones para cada figura jurídica esta sujetas a retención en la fuente del 10% para el profesional y la retención por rentas de trabajo de acuerdo con lo que establece la tarifa progresiva del artículo 23 de la Ley 822 para el trabajador.
La exclusividad es otro punto relevante a abordar, el servicios del profesional no se limitan a un solo contratante y puede brindarlo al mismo tiempo a varios contratantes, teniendo la posibilidad de subcontratar trabajadores; en cambio en el caso del trabajador la exclusividad es una característica primordial, sin embargo va en dependencia de la actividad que se ejecuta, es decir hayparticularidades que permiten ejecutar la labor ante varios empleadores y no desvirtúa la figura de trabajador. Por ejemplo, la labor de la docencia no implica que únicamente este con un solo establecimiento impartiendo alguna clase, el docente perfectamente puede estar con dos o más universidades o colegio o institutos técnicos, así mismo como con la labor contable.
Y por último las prestaciones sociales como vacaciones y decimotercer mes que genera un trabajador, las devenga por la contraprestación del servicio que se ha ejecutado durante un periodo de tiempo, que no las devenga el profesional, independientemente del tiempo que haya durado dicha labor. Así mismo como ciertos beneficios que algunos empleadores otorgan a sus trabajadores, como subsidios de alimentación, transporte, depreciación, combustible, entre otros, estos son asistencias adicionales derivados del cargo y que son a discreción del empleador.
Todo lo anterior es importante tomarlo en cuenta para efectos que la empresa que ha contratado servicios profesionales está siendo sujeto de una fiscalización general, de tal manera que no vayan a incurrir en ningún tipo de reparo por un tema de simulación.