INVERSIONISTAS EXTRANJEROS, HAY QUE INSCRIBIRSE EN EL REGISTRO DE INVERSIÓN EXTRANJERA
Atención a todos los inversionistas extranjeros que deseen hacer negocios en
Nicaragua o lo que están haciendo negocio actualmente, desde el día 24 de
febrero de 2025, Nicaragua cuenta con un andamiaje jurídico que regula y
permite atraer y facilitar más inversión nacional y extranjera que sea de
calidad, con alto impacto en las zonas geográficas prioritarias y de actividades
económicas con potencial, como acelerador fundamental del crecimiento
económico, mejora de las condiciones sociales y ambientales, y contribuir a la
reducción de la pobreza.
Esto corresponde a la Ley N° 1240, Ley de Inversiones Extranjeras y su
Reglamento, el Decreto A.N N° 8902, los cuales tienen por objeto establecer
las disposiciones jurídicas para la promoción, fomento, facilitación,
formalización, seguimiento y gestión de las inversiones extranjeras en el país.
Esto según lo que indica el art. 6 Registro de la Inversión Extranjera,
Recordemos que la Inversión Extranjera es la ejecutada mediante la
transferencia a Nicaragua de capital extranjero, sin distinción de la
nacionalidad o el lugar de residencia del inversionista y que se materializa a
través de la constitución, adquisición o participación en una sociedad mercantil
o empresa en Nicaragua.
Estas normas crean el Registro Único de Inversión Extranjera (RUIE), adscrito
a la Dirección de Inversiones del MIFIC, la cual servirá para realizar la
tramitología para la materialización de la inversión ante los entes rectores
sectoriales, para el requerimiento de los beneficie establecidos según la
actividad económica a que corresponda y para la acreditación de Inversionista
Extranjero ante las autoridades correspondientes.
Dicha acreditación corresponde al Certificado RUIE con un alcance de solitud
igual que el RUC (Certificado de Registro Único de Inversión Extranjero), el
cual será un documento obligatorio por presentar ante los entes públicos y
privados, y así poder obtener los beneficios fiscales que sean propios del giro
comercial en que se desempeñe la inversión.
En concreto, la fecha límite para que toda Inversión Extranjera que se
encuentre operando en el país, realice el proceso de registro establecido en la
misma, ante la Dirección de Inversiones del MIFIC, es hasta el 22 de
septiembre de 2025. (según lo establecido en el art. 19)
Resumen
¿A Quién Aplica?
• Personas naturales o jurídicas extranjeras.
• Inversionistas que transfieran capital a Nicaragua.
• Propietarios o socios de sociedades mercantiles y empresas
constituidas en el país.
• Inversionistas ya operando o que planeen iniciar operaciones en
Nicaragua.
¿Por Qué es Importante Registrarse?
• Para obtener el Certificado RUIE, documento oficial requerido ante
entidades públicas y privadas.
• Para acceder a beneficios fiscales y arancelarios según el giro de
la inversión.
• Para formalizar la inversión ante el Estado de Nicaragua.
Fecha Límite de Registro:
Hasta el 22 de septiembre de 2025
(Artículo 19, Ley N° 1240)
¿Dónde y Cómo Registrarse?
• Dirección de Inversiones del MIFIC
• Presentando la documentación requerida para obtener el Certificado de
Registro Único de Inversión Extranjera (RUIE).